Estaba fijandome el codigo para responder una boludez en otro sub, y me encontré que el art 129 tiene una redaccion bastante particular, que directamente cita el monto de la multa que debera abonar el que realize el supuesto, el cual es de entre 1000 y 15000 pesos.
Pero, segun infoleg, la ultima actualizacion de esa ley fue de 1999 (que aumentó los montos de 1993). En ambos casos, estabamos en paridad cambiaria.
En caso de tener que hacerse cumplir algun articulos de este tipo, son de verdad así de simbolicas las multas o hay algun tipo de indexacion/actualizacion que no estoy teniendo en cuenta.
--el post al que le respondi y me dio la duda fue sobre un mapa parodia a los de black maps, marcando a Argentina como un pais donde es legal meterse un palo en el culo en publico; y para mi encaja en el 129, por lo que no es legal