u/Fit_Prize_3245

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Quiero dejar aquí una reflexión sobre lo que ha estado ocurriendo en el congreso desde 2016. Y lo que seguramente seguirá ocurriendo hasta, por lo menos, 2031.

Tenemos que ya se ha vacado a Vizcarra, a Castillo, a Dina... A todos bajo el argumento de la "incapacidad moral". Y curiosamente, nadie se ha tomado la molestia de profundizar en eso de la incapacidad moral.

Y, antes de que alguien me lo diga, pongo también a Pedro Castillo, a pesar del profundo desprecio que le tengo, como víctima de la "incapacidad moral" por que, en su inteligencia, nuestros "queridos" parlamentarios lo vacaron por incapacidad moral (113.2), en vez de, como correspondía, destituirlo por haber intentado disolver el congreso fuera de las previsiones constitucionales (113.5 ref. 117). Y en ello, se saltaron el requisito de votos requerido por el propio reglamento del congreso. Así que, aunque celebro que Castillo fuese apartado del cargo, lamento que no se hiciera por los motivos correctos, y, más aún, que se hiciera saltando la ley en el camino.

En fin. Qué es la incapacidad moral a la que se refiere el 113.2 de la constitución? Para entender un texto constitucional, en aquellos casos que no sean del todo claros, hay que remitirnos a la intención del constituyente. Y como no tengo forma de contactar a los redactores de nuestra constitución (y en algunos casos, ni querría, la verdad), he decidido tomarme unas cuantas horas en revisar los diarios de sesiones (o diarios de debate) del Congreso Constituyente Democrático.

El problema es que ahí no encontré mucho, la verdad. Simplemente, tomaron el tenor literal de la constitución anterior, la del 79. Así que, tocó remitirme al Diario de Debates de la Asamblea Constituyente que se instaló en el año 1978, y que parió, cual bastardo, la Constitución Política del Perú de 1979.

Como referencia, y para quien quiera validar y/o profundizar, están disponibles en la web del congreso: https://www3.congreso.gob.pe/biblioteca/diariodebates/1978-1979

Pues bien. No es si no hasta en el tomo IV, en la vigésimotercera sesión, de fecha 22 de Febrero de 1979, cuando, por fin, el debate sobre el tema. Adjunto las páginas 8 a la 10 del mencionado tomo.

El debate primero discurre sobre qué incapacidades es conveniente colocar. Primero proponen "Por permanente incapacidad física o moral del Presidente, declarada por el Congreso". Luego debaten si es que hay que agregar también incapacidad mental, aunque al final coinciden en que eso iría en la física. Pero ya es desde ese punto en el debate, incluso antes de entrar en la "incapacidad moral", que el señor Cornejo Cháve advierte "La moral es lo que me parece más difícil de calificar".

Luego, el señor Enrique Chirinos Soto nos arroja una pista sobre lo que él considera que calificaría como incapacidad moral.

>En cuanto a la incapacidad moral que está considerada en la Constitución, es evidentemente difusa, la califica el Congreso por supuesto. Declarada por el Congreso es el tipo de incapacidad que se vio en Estados Unidos para precipitar la renuncia de Nixon. No había cometido tales o cuales delitos, pero había tenido una conducta inmoral. Entonces, a un hombre de esa conducta inmoral se le amenazó con el juicio constitucional. En este caso sería un tipo de incapacidad que sin haber llegado el Presidente a la perpetración de delitos, moralmente lo inhabilita por razón muy difícil de determinar, pero que tendría que ser declarada.

Pero también advierte:

>Es de advertir que nunca en nuestra historia constitucional se han dado estos casos, pero podrían darse.

Luego, el señor Aramburú le propone cambiarlo por "Por enfermedad que lo incapacite para el ejercicio del cargo reconocida por el Congreso", aludiendo que la parte moral ya estaría cubierta por el inciso 5 (aunque entiendo que debía referirse al 3), que cubre cualquier sentencia condenatoria. Sin embargo, el señor Chirinos Soto, a quien podríamos considerar el "padre de la incapacidad moral", se opone a dejarlo así:

>No. Estamos distinguiendo dos tipos de in capacidades: la de sentencia, que es a consecuencia de un delito y de un juicio. Pero de haber cierta incapacidad moral del Presidente, que no conste de delitos y que lo incapacite, esa incapacidad moral, que ya existe en al Constitución, sería declarada por el Congreso.

Y el señor Aramburú advierte:

>A mí me parece que eso es sumamente elástico y peligroso.

De igual manera, el señor Valle Riestra dice:

>El inciso está mal redactado de todas maneras, señor Presidente.

Y también, el señor Ortiz de Zevallos, advierte:

>Señor Presidente: Insisto en que la "incapacidad moral" que figura en la Constitución actual es peligrosa para el país.

Sin embargo, el señor Chirinos Soto insiste:

>Por ejemplo en el caso de un ebrio, no comete delito; y el caso se ha dado en el Ecuador, con el Presidente Arosemena; hasta en un escándalo, no hay delito, no puede ser enjuiciado, pero hay una incapacidad moral.

Nota importante: El caso al que se refiere el señor Chirinos Soto es al de Carlos Julio Arosemena Monroy, Presidente del Ecuador entre 1961 y 1963; no confundir con su padre, que fue presidente también, pero dos décadas antes. La historia es simple. En una cena de estado en honor de un empresario estadounidense con vínculos comerciales con el Ecuador, el presidente Arosemena, profundamente ebrio, dio un "segundo discurso" en el que calificó a EEUU (con empresarios y embajador presentes) de ser el explotador de América Latina, y especialmente del Ecuador. Además, insultó al allñí presente embajador de EEUU. Aparentemente, también vomitó (de verdad, no con palabras) delante de todos los presentes. Al día siguiente, las fueras armadas lo derrocaron. (Fuente: Varias, pero principalmente Infobae https://www.infobae.com/historias/2024/07/14/un-presidente-borracho-un-discurso-grosero-y-un-golpe-de-estado-la-fiesta-inolvidable-de-carlos-arosemena-monroy/ ). Hago un resumen del caso por que entiendo que muchos hemos de estar familiarizados con el caso Watergate, pero no con el caso Arosemena, a pesar que, honestamente, es más cómico, y ni Toledo pudo hacerlo mejor.

En fin. Continuando con el debate. Luego de eso, llegan a cierto consenso, como dice el señor Melgar:

>Lo físico cubre lo mental. Lo moral consideramos que es forzoso poder presentarnos con cierta pulcritud ante Ia opinión pública y consagrar en la Constitución ese objetivo de pulcritud, porque retirar lo moral va a ser un poquito raro máxime que la Constitución actual lo consagra.

Y al final quedan en "Por permanente incapacidad física o moral declarada por el Congreso", que es más o menos lo que tenemos actualmente.

Entonces, tenemos, de acuerdo al debate, que la incapacidad moral corresponde a casos que, si bien no son delitos, constituyen escándalos que ponen en duda la moralidad e integridad del presidente. Como el que sucedió con Nixon, que si bien no habría participado del delito, sí intentó encubrirlo. O como el que un presidente de un discurso estando borracho, no sólo peligrando las relaciones diplomáticas de su país, si no poniéndolo en la verguenza absoluta.

Y creo que la intención de los señores constituyentes era muy buena. El problema es que se quedaron en una fórmula muy vaga. Talvez, sólo talvez, su maldad no alcanzaba a la de los políticos que tenemos ahora, y no creyeron que alguien iba a pervertir la constitución de manera tan grosera.

También es importante destacar el término: "vacancia". Es decir, que no hay nadie en el cargo. Ya sea por que la persona que formalmente lo está no está en capacidad para ejercerlo (si está loco, por ejemplo) o si ya no hay nadie por que ha sido destituido o se va a la cárcel.

Con todo lo expuesto, creo que es razonable afirmar que ninguno de los presidentes vacados se ajusta a ese perfil. A Vizcarra lo vacaron poniendo de excusa una investigación por corrupción siendo gobernador, cuando, de acuerdo al ánimo constitucional, eso debieron dejar que caiga por su propio peso. A Castillo lo vacaron en vez de destituirlo, a pesar que no había incapacidad alguna, salvo que considerásemos la intelectual. Y a Dina la vacaron... Bueno, por que sí. Por que aparentemente le sobrevino una incapacidad moral de la nada, que un día no estaba y al siguiente sí.

En fin. Que con esto quiero invitar a todos a pensar bien respecto a su voto. Sí, ya sé, es tarde, pero igual. Si apoyan a quienes han hecho uso y abuso de la figura de la vacancia presidencia, están apoyando a quienes desconocen toda constitución y toda ley para perseguir sus objetivos políticos. A los que, de facto, han reformado nuestra constitución, al punto de convertirnos, de una república presidencialista, en una república entre parlamentaria y semipresidencialista. A los que han destruido el principio de separación de poderes, y que han sometido a un poder bajo la autoridad y el capricho de otro. A los que no deberían, jamás, tener un cargo público.

Ahí lo dejo. Acepto debate, comentarios, funas, Yape, Plin, Visa, Mastercard, Amex, y Diners.

u/Fit_Prize_3245 — 15 days ago