u/Fdlux

en mi edificio las puertas de los departamentos son con un sistema de tarjetas y en recepcion tienen llaves maestras (tarjeta que abre todas las puertas); antes había un protocolo de que cuando a alguien se le quedaba su tarjeta dentro de su propio depto avisaba en recepcion y subía la persona de recepción contigo para abrirte la puerta y el edificio te cobraba $50000 por este servicio no contemplado en el contrato, hace unos 4 años cambiaron el protocolo y te entregaban la tarjeta para que habrás tu puerta y la devuelvas, asi no te cobraban nada y no quedaba sola la recepción; sucedió que una chica había invitado a su amigo que era exresidente y el la convencía de ver como estaba su antiguo departamento(estaba curado/drogado) la chica bajo y dijo que se le quedo su tarjeta en su depto y le entregaron la llave maestra, con la llave entro el sujeto al dpto y lo tuvimos que sacar mis compañeros y yo, a la chica el edificio le puso una multa por infringir reglas de convivencia, al chico le prohibieron la entrada al edificio y cambiaron su protocolo de entregar llaves maestras de nuevo.

¿el edificio tiene alguna responsabilidad por el allanamiento de morada? al principio intuía que si, pero luego revisando los requisitos para tener responsabilidad por el hecho ajeno (civil) me di cuenta que se necesitaba un vinculo de subordinación y dependencia, y no lo logro ver entre la chica residente y el edificio, tampoco hubo dolo (penal) de la recepción del edificio y la chica hizo un mal uso de la llave maestra que le presto el edificio, otra cosa es que no encontré ninguna normativa sectorial o regulación sobre transferencia o uso de llaves maestras en edificios residenciales; ¿alguien sabrá si efectivamente el edificio no tiene ninguna responsabilidad en que la chica y el sujeto hayan abierto y entrado al dpto?

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u/Fdlux — 7 days ago